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Embargos

Te están embargando tus ingresos y patrimonio: cómo pararlo legalmente

Si recibes notificaciones de embargo o ya te están embargando, las Leyes de Insolvencia te permiten suspender o paralizar esos procesos. No importa si eres persona natural o empresa, existe una oportunidad de recomenzar legalmente.

No todo está perdido

No es justo trabajar solo para pagar deudas. La Ley te da la herramienta para suspender embargos. Solo debes activarla.

La salida legal

Esto es lo que la ley te permite hacer.

01

Suspensión de embargos

Al presentar tu solicitud de insolvencia, el Juez o el Operador de Insolvencia ordena la suspensión inmediata de los procesos ejecutivos y embargos en curso.

02

Negociar o Liquidar

Buscamos un acuerdo de pago según tus ingresos reales, evitando un nuevo desequilibrio patrimonial. Si no hay acuerdo, buscamos la extinción o muerte de las obligaciones o deudas.

03

Recuperar el control de tu salario y finanzas

Una vez se declara la apertura del procedimiento de negociación de deudas o proceso de liquidación patrimonial, tu salario te llega completo. Es el primer paso para recuperar tu vida financiera.

04

Prohibición de pagar

La Ley te prohíbe pagar a tus acreedores mientras dure el proceso. Por ello, los acreedores tienen prohibición de cobrarte. Si te siguen cobrando y molestando, podemos lograr que los multen y sancionen.

Lo importante

Somos una Organización Internacional sin ánimo de lucro. NO una reparadora de crédito.

Somos una Fundación Internacional que reinvierte en proyectos legales para la superación de la pobreza. Trabajamos con la Ley 20720 de 2013 en Chile y las Leyes 2445 de 2025 y 1116 de 2006 en Colombia, que establecen procesos legales que pueden suspender cobros, permitir la protección del patrimonio y avanzar hacia la regularización financiera.

Equipo de Fundación Insolvencia

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan.

¿Cuánto tarda la suspensión del embargo?

La suspensión opera en dos momentos procesales distintos: para el trámite de negociación de deudas, desde el momento en que el Operador de Insolvencia admite tu proceso. Para el proceso de Liquidación Patrimonial, desde que el Juez declara la apertura del proceso.

¿Pueden seguir embargándome durante el proceso?

No. Una vez admitida la solicitud, todos los procesos ejecutivos quedan suspendidos automáticamente. Los nuevos embargos también quedan bloqueados mientras dure el proceso.

¿Qué pasa si el embargo es por pensión alimentaria?

Las obligaciones alimentarias tienen tratamiento especial y no se suspenden bajo el régimen de insolvencia. Te explicamos en consulta cómo se manejan estos casos puntuales.

Las respuestas varían entre Chile y Colombia. Visita el blog o revisa todas las preguntas frecuentes.

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